Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1955-12-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA

CAPITULO 136

Personal y material.

A2a. Del artículo 2821. Para sueldos del personal de la Contraloría General de la República y sus dependencias, en el año $ 515.000.00
Suman los contracréditos $ 515.000.00
CAPITULO 136 Personal y material. C1a (a). Al artículo 2824. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina, en el año $ 400.000.00
A1a. Al artículo 2826. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste, en el año 115.000.00
Suman los créditos $ 515.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de noviembre de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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