Por el cual se establece una excepción al Decreto número 2824 del 6 de septiembre de 1989, sobre congelación de plantas de personal en el nivel departamental, intendencial y comisarial

Rango Decreto
Publicación 1989-12-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política, como suprema autoridad administrativa, y

CONSIDERANDO:

Que la Asamblea del Departamento de Boyacá ha concedido facultades extraordinarias al Gobernador para crear, reformar, suprimir, fusionar y modificar la estructura y funciones de las diferentes dependencias o entidades pertenecientes a la Administración Pública del Departamento;

Que entre las entidades departamentales que deben reestructurarse se encuentra el Instituto de Cultura y Bellas Artes de Boyacá, al cual se le suprimirán cargos que se consideran innecesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto;

Que la Asamblea Departamental de Boyacá destinó pala el funcionamiento del Instituto mencionado, en el año 1990, una partida teniendo en cuenta únicamente las dependencias y cargos que formarán parte del mismo después de su reestructuración;

Que por las razones anteriores el Gobernador debe proceder a la reestructuración del Instituto, antes de que se le venza el plazo que tiene para aprobarle su presupuesto para el año 1990,

DECRETA:

Artículo 1º Las normas establecidas en el Decreto número 2824 del 6 de diciembre de 1989 sobre congelación de plantas de personal en el nivel departamental, intendencial y comisarial, no se aplicarán para el Departamento de Boyacá en relación con la reestructuración del Instituto de Cultura y Bellas Artes de Boyacá y en consecuencia, el Gobernador de ese Departamento podrá hacer los movimientos de personal que se requieran.
Artículo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de diciembre de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Gobierno,

Carlos Lemos Simmonds.

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Germán Montoya Vélez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.