Por el cual se determina la planta de personal de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó

Rango Decreto
Publicación 1980-12-04
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION Y SERVICIOS TECNICOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

decreta:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo, número 26 de octubre 3 de 1930, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó, y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 26 DE 1980

(octubre 3)

por el cual se establece la planta de personal de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó.

La Junta Directiva de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias.

acuerda:

Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Número de Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
DIRECCION GENERAL
1 Director General de establecimiento público 0015 03
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Chofer Mecánico 6010 08
OFICINA DE PLANEACION
1 Jefe de Oficina 2045 14
1 Profesional Universitario 3020 06
1 Dibujante 4095 08
1 Secretario 5140 10
OFICINA JURIDICA
1 Jefe de Oficina 2045 14
SECRETARIA GENERAL
1 Secretario General 0037 05
DIVISION FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
1 Jefe de División 2040 14
2 Secretario 5140 10
SECCION FINANCIERA
1 Jefe de Sección 2075 09
1 Tesorero 5015 20
1 Auxiliar Administrativo 5120 1
SECCION ADMINISTRATIVA
1 Jefe de Sección 2075 09
1 Almacenista 5080 13
1 Almacenista 5030 11
2 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Ayudante de Oficina 5155 05
4 Auxiliar de Servicios Generales 6025 03
1 Operario Calificado 6020 09
DIVISION TECNICA
1 Jefe ele División 2040 14
2 Secretario 5140 10'
SECCION DE RECURSOS NATURALES
1 Jefe de Sección 2075 09
2 Profesional Especializado 3010 09
2 Supervisor 5105 12
5 Supervisor 5105 10
2 Chofer Mecánico 6010 03
1 Operario 6030 03
SECCION DE DESARROLLO REGIONAL
1 Jefe de Sección 2075 09
5 Profesional Especializado 3010 09
2 Chofer Mecánico 6010 08
Artículo 2° La autoridad nominadora procederá conforme a las disposiciones, legales estatutarias vigentes a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen en el presente Acuerdo. La incorporación de los empleados públicos que estén actualmente al servicio de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó a la Planta de Personal que por este Acuerdo se fija, se someterán a lo dispuesto en el Decreto 1042 de 1978.
Artículo tercero. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Quibdó, a los tres (3) días del mes de octubre de mil novecientos ochenta (1980).

El Presidente,

Diego Toro

El Secretario

Pedro León Hinestroza".

Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto número 1383 de 1977.

Comuníquese y cúmplase

Dado en .Bogotá, D. E., a 14 de noviembre de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jaime García Parra. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Eduardo Wiesner Duran. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila.

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