Por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

Rango Decreto
Publicación 1980-12-05
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la. República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense de la Planta de personal del Ministerio dé Obras Públicas y Transporte, los siguientes cargos:
Artículo 2.° Modificase parcialmente la planta de personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporté, de conformidad con la estructura fijada' por el Decreto' extraordinario 1173 del 14 de mayo de 1980, en los siguientes términos:
Artículo 3.° La incorporación a la planta del personal que por esta norma se determina,-de-los empleados públicos que actualmente están al servicio del Ministerio de Obras-'Públicas y Transporte, se sujetará, a las- reglas' consagradas en el artículo 81 del Decreto . Extraordinario 1042 de 1978.
Artículo 4.° Los funcionarios incorporados a la planta de personal establecida por este' Decreto, que estén percibiendo incrementos de salarios por concepto de antigüedad, de conformidad con ló establecido en los decretos extraordinarios, 1042 y 2924 de 1970, 3269 de-1979 y 497 de 1980, continuarán recibiendo; dichos incrementos.
Artículo 5.° El presente Decreto rige a partir de la. fecha de-su expedición y deroga' las disposiciones que le -sean centrarlas.

Comuniquese y cúmplase.

Dado en Bogotá,. D - E.; a 14 de noviembre de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Jaime García Parra. El Ministro de Obras Públicas y. Transporte, Enrique Vargas Ramírez. El- Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila.

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