por el cual se concede una autorización
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983, el Consejo Nacional de Política Económica y Social conceptuó favorablemente sobre un empréstito externo que por cinco millones quinientos mil dólares (US$5.500.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas proyecta gestionar el Gobierno Nacional destinado a financiar parcialmente el proyecto denominado "Desarrollo de la Astronomía en Colombia", según consta en el oficio Conpes - 120 del 27 de diciembre de 1984;
Que por Decreto número 3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas legales hacen incompatibles la actuación del Ministro titular,
DECRETA:
Artículo 1ºAutorízase a los señores Ministro de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de cinco millones quinientos mil dólares (US$ 5.500.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con un plazo mínimo para su total amortización de diez (10) años, incluido un período de gracia mínimo de dos (2) años, un interés máximo sobre saldos deudores de seis por ciento (6%) anual fijo el cual incluye comisiones y gastos por todo concepto.
Artículo 2ºLos fondos provenientes de este empréstito se destinarán a financiar parcialmente el proyecto denominado "Desarrollo de la Astronomía en Colombia" que ejecutará la Universidad Nacional.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de octubre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc,
Cesar Vallejo Mejia.
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