Por el cual se aumenta la dotación de la Banda de Músicos del Batallón Guardia de Honor

Rango Decreto
Publicación 1935-03-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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batallon "guardia de honor"

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Auméntase la dotación de la Banda de Músicos del Batallón Guardia de Honor, en los siguientes puestos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:

Un (1) Músico Solista, cuarenta y cinco pesos ($ 45).

Dos (2)' Músicos de segunda clase, a treinta y cinco pesos ($ 35) cada uno.

Dos (2) Músicos de tercera clase, a treinta pesos 30) cada uno.

Parágrafo. Queda en los términos anteriores adicionado el Decreto número 1378 de 1934.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de febrero de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Marco A. AULI

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