por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968. (Policía Nacional y Ministerio de Educación Nacional), por $ 6.500.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del numeral 3° del artículo 59 de la Ley 15 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública y el cumplimiento de los programas de inversión;
Que el Director General de la Policía Nacional y el Ministro de Educación Nacional, por medio de las Resoluciones números 4355 y 4573 de 1968, respectivamente, han declarado sobrantes unos saldos de apropiaciones en sus Presupuestos de Gastos para la vigencia, fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 6.500.000.00;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, ha expedido los certificados de reserva y disponibilidad correspondientes, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Artículo 2°. La cantidad de $ 2 000.000.00 correspondiente a la construcción da Casas Fiscales en el país, incorporada en este Decreto, se destinará a construcción de Apartamentos Fiscales en la Escuela de Policía "General Santander", por conducto del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional.
Artículo 3°. El presenta Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1968.
carlos lleras restrepo
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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