Por el cual se determina la disponibilidad del Cuerpo de Resguardo de Aduanas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
DECRETA:
Artículo 1º. El Cuerpo de Resguardo de Aduanas de que trata el Capítulo XIII de la Ley 79 de 1931, y las disposiciones que lo complementan o reforman, funcionará en adelante anexo a la Dirección General de Aduanas y formará parte de su organización.
Artículo 2º. El Director General de Aduanas destinará los miembros de dicho Cuerpo a prestar sus servicios en las Aduanas del país, o en cualquier otro lugar del territorio nacional, en la forma y condiciones que las necesidades del servicio aduanero lo requieran.
Artículo 3º. Las destinaciones que efectúe la Dirección General de Aduanas, de conformidad con el artículo anterior, no causarán viáticos al personal durante su permanencia en el lugar de destino.
Artículo 4º. En los anteriores términos quedan modificados los artículos 40 y 41 de la Ley 79 de 1931, y las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de noviembre de 1955.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
£1 Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gabriel París.
El Ministro de- Agricultura,
Juan Guillermo Restrepo J.
El Ministro del Trabajo,
Cástor Jaramillo Arrubla.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento,
Manuel Archila M.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Manuel Arenas.
El Ministro de Educación Nacional,
Gabriel Betancur Mejía.
El Ministro de Comunicaciones,
Brigadier General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
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