por medio del cual se redistribuyen parcialmente las circunscripciones Consulares de Colombia en Estados Unidos de América y Canadá
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que ante el cierre de los Consulados de Colombia en Nueva Orleans y Vancouver, se hace necesario redistribuir parcialmente las circunscripciones Consulares de Colombia en Estados Unidos de América y Canadá,
DECRETA:
Artículo 1º. Redistribuir parcialmente las circunscripciones consulares de Colombia en Estados Unidos de América y Canadá, así:
Adscribir al Consulado de Colombia en Houston, Texas, circunscripción sobre los Estados de Arkansas y Louisiana.
Adscribir al Consulado de Colombia en Atlanta, Georgia, circunscripción sobre los Estados de Mississippi y Alabama.
Adscribir al Consulado de Colombia en Toronto, Canadá, circunscripción sobre las Provincias de British Columbia, Alberta, Saskatchewan, Manitoba, Yukon y Territorios Noroccidentales.
Artículo 2º. El presente decreto deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra,
Clemencia Forero Ucrós.
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