Por el cual se crean unas Oficinas Postales y Telegráficas de Piojó, Juan de Acosta y Santa Lucía, en el Departamento del Atlántico

Rango Decreto
Publicación 1943-02-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

que el Ministerio de Correos y Telégrafos concedió permiso a los Municipios de Piojo, Juan de Acosta y Campo de la Cruz, por contratos de fechas 7, 16 y 27 de diciembre de 1942, respectivamente, para instalar y dar al servició una Oficina Postal y Telegráfica en cada uno de los citados Municipios, en el Departamento del Atlántico;

DECRETA:

Artículo 1° Créanse las siguientes Oficinas Postales y Telegráficas en el Departamento del. Atlántico:

Piojo

Juan de Acosta.

Santa Lucia, Corregimiento del Municipio de Campo de la Cruz

Artículo 2° El pago de los empleados y demás gastos de sostenimiento de las Oficinas correrán por cuenta de los Municipios contratantes, los cuales cumplirán en todas sus partes las cláusulas de los respectivos contratos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Ramón SANTO DOMINGO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.