Por el cual se dan unas autorizaciones al Gobierno Nacional

Rango Decreto
Publicación 1958-01-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia

En uso de las facultades de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 0118 de 21 de junio de 1957, el Gobierno Nacional decretó aumentos de salarios y estableció el subsidio familiar;

Que por Decreto número 0107 de 18 de junio de 1957, el Gobierno apto medidas de carácter económico que produjeron aumento en los costos de algunos elementos de producción nacional, como lubricantes, combustibles, etc.;

Que por Decreto número 112 de 18 de junio de 1957, quedó prohibida la importación de vehículos automotores y repuestos, circunstancia que ha encarecido los costos de transporte, y

Que por razón de los considerandos anteriores, el valor de los contratos de transporte de correos aéreos y de superficie no corresponde a la realidad, y por lo tanto se hace indispensable un reajuste que permita a los contratistas y al Ministerio de Comunicaciones atender este servicio en forma eficiente,

DECRETA:

Articulo 1º Autorizase al Gobierno Nacional para reajustar, con retroactividad al primero (1º) de julio del presente año, los precios acordados en los contratos sobre conducción de correos aéreo y de superficie, y actualmente en ejecución. Los reajustes a que haya lugar se harán por medio de actas firmadas por los Ministros de Hacienda y Crédito Público de Comunicaciones y el respectivo contratista, y las que únicamente requerirán para su validez la aprobación de la Junta Militar de Gobierno.
Articulo 2º Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputaran con cargo al Capítulo 503, artículo 5069 del Presupuesto de la presente vigencia fiscal.
Articulo 3º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 15 de noviembre de 1957.

Mayor general, GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la junta.

Mayor general Deogracias Fonseca-Contralmirante Rubén Piedrahita Arango-Brigadier general Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordoñez C.

El Ministro de Gobierno, José María Villarreal-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justica, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Saiz Montoya.-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Jorge Mejía Salazar-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Prospero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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