Por el cual se modifica el Artículo 5° del Decreto 2681de 18 de septiembrede1985
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 5° del Decreto número 2684 de 18 de septiembre de 1985, quedará así:
Artículo 5° Los pasajes de los doctores Emilio Lébolo Castellanos, Samuel Moreno Díaz, Arturo García Salazar, Alvaro Tirado Mejía, Roberto Rivas, Félix Moreno y Rubiel Valencia Cossio, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y los viáticos con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del mismo Ministerio.
Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de octubre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Augusto Ramírez Ocampo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.