Por el cual se aclara el artículo 1º del Decreto 2746 de 1980
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta
Artículo 1°. Aclárase el artículo 1º del Decreto 2746 del 14 de octubre de 1980, en el sentido de que el Decreto 1419 a que él se refiere es de 1978 y no de 1979 como allí aparece.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de noviembre de 1980.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Educación Nacional,
Guillermo Angulo Gómez
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