por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 16 de julio de 1997, dictado por la Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana

Rango Decreto
Publicación 1997-12-26
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos 1050 y 3130 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase en todas y cada una de sus partes la Estructura Orgánica de la Defensa Civil Colombiana y las funciones de sus dependencias, cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 003 DE 1997

(julio 16)

por el cual se establece la estructura orgánica de la Defensa Civil Colombiana y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 8º del Decreto 2241 de 1985,

ACUERDA:

CAPITULO I

De la estructura

Artículo 1º. La estructura orgánica de la Defensa Civil Colombiana será la siguiente:

2.1 Oficina Jurídica.

2.2 Oficina de Planeación e Informática

2.3 Oficina de Control Interno

2.4 Oficina de Enlace e Información

3.1 División Administrativa

3.2 División Financiera.

4.1 División de Prevención y Atención

4.1.1 Direcciones Seccionales

4.1.2 Direcciones Seccionales Especiales

4.2 División para el Desarrollo del Voluntariado

4.3 Escuela de Capacitación

5.1 Comité de Coordinación de Control Interno

5.2 Comisión de Personal

5.3 Junta de Licitaciones y Adquisiciones

CAPITULO II

De las funciones

Artículo 2º. Junta Directiva y Dirección General. Corresponde a la Junta Directiva y a la Dirección General ejercer las funciones que les señalan la ley, los Estatutos de la Entidad y las demás disposiciones que los adicionen o modifiquen.

Artículo 3º. Oficina Jurídica. Son funciones de la Oficina Jurídica:

Artículo 4º. Oficina de Planeación e Informática. Son funciones de la Oficina de Planeación e Informática:

Artículo 5º. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno:

Artículo 6º. Oficina de enlace e información. Son funciones de la Oficina de Enlace e Información:

Artículo 7º. Subdirección administrativa y financiera. Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera:

Artículo 8º. División Administrativa. Son funciones de la División de Administrativa:

Artículo 9º. División Financiera. Son funciones de la División Financiera:

Artículo 10. Subdirección Operativa. Son funciones de la Subdirección Operativa:

Artículo 11. División de Prevención y Atención. Son funciones de la División de Prevención y Atención:

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