Por el cual se crea el Consejo Nacional de Salud Mental
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que los problemas ocasionados por las enfermedades mentales en el país, se han agudizado en forma notoria y constituyen un factor que debe tenerse en cuenta, para mantener un equilibrio social en la comunidad;
Que es necesario velar por la salud mental de los asociados, en el territorio nacional;
Que es indispensable coordinar las actividades en salud mental que actualmente desarrollan los Ministerios de Salud Pública, Educación Nacional y Justicia;
Que es necesario vincular a los programas de Salud Mental instituciones como la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina, la Asociación Colombiana de Hospitales, Sociedad Colombiana de Psiquiatría, Liga de Higiene Mental, etc.;
Que debe existir un organismo a nivel nacional que estudie y coordine las actividades relacionadas con la salud mental y resuelva los problemas de orden técnico y administrativo que se presenten,
DECRETA:
Artículo primero. Créase, a partir de la fecha, el Consejo Nacional de Salud Mental.
Artículo segundo. El Consejo Nacional de Salud Mental estará constituido así: un representante del Ministerio de Salud Pública; un representante del Ministerio de Educación Nacional; un representante del Ministerio de Justicia; un delegado de la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina; un delegado de la Asociación Colombiana de Hospitales; un delegado de la Sociedad Colombiana de Psiquiatría; un delegado de la Liga de Higiene Mental; el Jefe de la Sección de Salud Mental del Ministerio de Salud Pública.
Parágrafo. El Jefe de la Sección de Salud Mental del Ministerio de Salud Pública será el Secretario Ejecutivo-del Consejo.
Artículo tercero. Los miembros que componen el Consejo Nacional a que se refiere el artículo anterior, deben tener experiencia en actividades de salud mental.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 16 de 1965.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
Daniel Arango Jaramillo, Ministro de Educación Nacional. Francisco Posada de la Peña, Ministro de Justicia. Juan Jacobo Muñoz, Ministro de Salud Pública.
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