Por el cual se modifica el Decreto N° 2565 de 1968
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias que la confiere la Ley 65 de 1967.
DECRETA:
Artículo 1º. El Artículo 63 del Decreto Nº 2565 de 1968 quedará así:
"Artículo 63, Estarán adscritos al Ministerio de Defensa Nacional los Establecimientos Públicos que a continuación se determinan: la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional; la Caja de Vivienda Militar, el Hospital Militar Central, el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional y las Casas Fiscales del Ejército".
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y ejecútese,
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1968.
Carlos LLERAS RESTREPO
General Gerardo Ayerbe Cháux, Ministro de Defensa Nacional.
Digitó: CC19.425.815
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