Por el cual se determina la Planta de Personal del Instituto de Casas Fiscales del Ejército

Rango Decreto
Publicación 1980-12-02
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

decreta:

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 020 del 4 de septiembre de 1980, emanado de la Junta Directiva del Instituto Casas Fiscales del Ejército, y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 020 DE 1980

(septiembre 4)

por el cual se determina la Planta de Personal del Instituto Casas Fiscales del Ejército.

La Junta Directiva del Instituto.de Casas Fiscales del Ejército, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias,

acuerda:

Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, serán, cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Gerencia
1 Director General de Establecimiento Público 0015 06
1 Asistente Administrativo 4140 10
1 Secretario 5140 08
Oficina Jurídica
1 Jefe de Oficina 2045 03
1 Auxiliar de Técnico 4110 05
1 Secretario 5140 06
Oficina de Planeación
1 Jefe de Oficina 2045 03
1 Secretario 5140 06
Subgerencia
1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 01
1 Secretario 5140 06
División Administrativa.
1 Jefe de División 2040 08
1 Secretario 5140 06
1 Ayudante de Oficina 5155 05
Sección Personal.
1 Asistente Administrativo 4140 10
1 Secretario 5140 06
1 Ayudante de Oficina 5155 05
Sección Comercial
1 Asistente Administrativo 4140 10
1 Almacenista 5080 11
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Secretario 5140 06
Sección Administración de Inmuebles
1 Asistente Administrativo 4140 10
1 Supervisor 5105 12
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
2 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Secretario 5140 06
Sección Talleres.
1 Asistente Administrativo 4140 10
1 Operario-Calificado 6000 08
1 Operario Calificado 6000
2 Operario Calificado 6000 05
4 Chofer Mecánico 6010 06
División Financiera
1 Jefe de División 2040 08
1 Secretario 5140 06
Sección Contabilidad, Presupuestos y Costos.
1 Asistente Administrativo 4140 10
3 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Secretario 5140 06
1 Ayudante de Oficina 5155 05
Sección Pagaduría y Tesorería.
1 Auxiliar Administrativo 4140 10
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Secretario 5140 06
División Técnica.
1 Jefe de División 2040 08
1 Secretario 5140 06
Sección Proyectos.
1 Jefe de Sección 2075 05
1 Dibujante 4095 06
1 Dibujante 4095 05
1 Topógrafo 4105 06
Sección Control de Construcciones e Interventoría
1 Jefe de Sección 2075 05
1 Profesional Universitario 3020 06
2 Supervisor 5105 10
1 Secretario 5140 06
Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, requiere para su validez la aprobación por decreto del Gobierno, Nacional y deroga el Acuerdo número 10 de 1974. Comuníquese cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta (1980). (Fdo.) General Fernando Landazábal Reyes, Presidente Junta Directiva ICFE. (Fdo.), Mayor Jaime. Garzón Guzmán, Secretario Junta Directiva ICFE Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, requiere para su validez la aprobación por decreto del Gobierno, Nacional y deroga el Acuerdo número 10 de 1974. Comuníquese cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta (1980). (Fdo.) General Fernando Landazábal Reyes, Presidente Junta Directiva ICFE. (Fdo.), Mayor Jaime. Garzón Guzmán, Secretario Junta Directiva ICFE Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, requiere para su validez la aprobación por decreto del Gobierno, Nacional y deroga el Acuerdo número 10 de 1974. Comuníquese cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta (1980). (Fdo.) General Fernando Landazábal Reyes, Presidente Junta Directiva ICFE. (Fdo.), Mayor Jaime. Garzón Guzmán, Secretario Junta Directiva ICFE Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, requiere para su validez la aprobación por decreto del Gobierno, Nacional y deroga el Acuerdo número 10 de 1974. Comuníquese cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta (1980). (Fdo.) General Fernando Landazábal Reyes, Presidente Junta Directiva ICFE. (Fdo.), Mayor Jaime. Garzón Guzmán, Secretario Junta Directiva ICFE
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Artículo segundo. El presente. Decreto rige desde la fecha de su expedición, y deroga el Decreto 1608 de 1974 y. demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 .de noviembre de 1980.

julio cesar Turbay Ayala

El Ministro de Hacienday Crédito Público, Jaime García Paira. El Ministro de Defensa Nacional, General Luis Carlos Camacho Leyva. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil. Laura Ochoa de Ardila.

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