Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia actual

Rango Decreto
Publicación 1941-02-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 31 de enero del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para hacer algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 5816, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente :

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 68:

Del artículo 896. Para auxiliar los siguientes establecimientos de educación del Departamento del Cauca:

2. Colegio de las Salesianas, de Popayán $ 2.000.00
8. Universidad del Cauca (construcción) 15.000.00
15. Para las Escuelas de Oficios de La Vega, El Bordo,
López, Tunía, Caldono, Rosas y Totoró, a $ 4.000, y
para la del Rosal, en el Distrito de San Sebastián $3.000 $ 31.000.00 48.000.00
Del artículo 909. Para dar cumplimiento a la Ley 65 de 1940, honores
a Monseñor Maximiliano Crespo 5.000.00 5.000.00

Capítulo 70:

Al artículo 957-B. Para terminar la construcción del Liceo,
anexo a la Universidad del Cauca 53.000.00
Sumas iguales $ 53.000.00 53.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de febrero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

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