Por el cual se asocia el Gobierno Nacional a la celebración del día de los Derechos Humanos
El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, y
considerando
Que por Resolución 423 (V) la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamo como Día de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de cada año, fecha de la Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada por la mencionada Asamblea en 1948, y
Que por la misma resolución los Estados Miembros de las Naciones Unidas fueron invitados a celebrar esa fecha, señalando a sus pueblos la Declaración Universal como ideal común en favor del cual deben esforzarse todas las Naciones,
decreta:
Artículo primero, El Gobiernos Nacional se asocia a la celebración del Día de los Derechos Humanos el 10 de diciembre del corriente año, y declara ese día fiesta cívica nacional para conmemorar la proclamación de la Declaración Universal de Derechos Humanos y rendir homenaje a los principios de libertad y dignidad humana que ella contiene
Artículo segundo. El Pabellón Nacional permanecerá izado en los edificios públicos nacionales de todo el país durante la fecha conmemorativa del Día de los Derechos Humanos el 10 de diciembre del presente año, y los Ministerios de Relaciones Exteriores, Justicia y Educación Nacional, se harán representar en las ceremonias públicas que con motivo de esta conmemoración sean programadas en la capital por el Comité Colombiano de Colaboración con las Naciones Unidas.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de noviembre de 1961
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Relaciones Exteriores,
José Joaquín Caicedo Castita.
El Ministro de Justicia,
Vicente Laverde Aponte,
El Ministro de Educación Nacional,
Jaime Posada.
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