por el cual se crea la Comisión Nacional Preparatoria de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que se realizará en Brasil en 1992

Rango Decreto
Publicación 1990-12-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el artículo 120, numeral 20 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 44/228, del 22 de diciembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió convocar la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en 1992 y aceptó el ofrecimiento del Gobierno del Brasil en ser huésped de la misma;

Que el alcance mundial de la problemática ambiental hará de este evento uno de los de mayor importancia y significación internacional en los próximos años, teniendo en cuenta que es quizás uno de los únicos, en la cual el Mundo desarrollado requiere de los países en desarrollo para encontrar una solución;

Que el marco de esta Conferencia, constituye, una de las mayores oportunidades de la presente década para que los países desarrollados y los países en desarrollo confronten sus aspiraciones y definan una estrategia de concertación hacia el futuro para la cooperación en los temas más importantes de las Relaciones Económicas Internacionales;

Que así mismo, es también, una gran ocasión para reclamar a los países industrializados cancelar la deuda ecológica que tienen con la humanidad, resultado de políticas que han ocasionado el deterioro de los Recursos Naturales;

Que es interés de Colombia participar activamente en las negociaciones previas a la Reunión e influir efectivamente en las decisiones que adopte la Conferencia que tengan por fin garantizar un desarrollo económico sustentable para los países en desarrollo;

Que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, como organismo responsable de la Política y Relaciones Internaciones del país, liderar la elaboración y puesta en marcha de una Política Ambiental Internacional acorde con las metas de desarrollo social y económico del nivel nacional y regional,

DECRETA:

Artículo 1° Créase la Comisión Nacional Preparatoria de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo que se celebrará en Brasil en el año de 1992, como órgano asesor del Gobierno Nacional en dichos asuntos, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 2° La Comisión Preparatoria estará integrada así:

Parágrafo. La Comisión Nacional podrá ampliar su integración, así como invitar a sus deliberaciones a instituciones de carácter público o privado, y a personas altamente calificadas sobre los temas de su competencia. Así mismo podrá establecer un Comité Técnico que le asesore en su trabajo, cuya coordinación estará a cargo del Departamento Nacional de Planeación, el Inderena y la Cancillería. Formarán parte de este Comité, además de las entidades o personas que defina la Comisión Nacional:

Artículo 3° Serán funciones de la Comisión Nacional:
Artículo 4° La Comisión Nacional se reunirá en sesiones ordinarias cada dos meses y en sesiones extraordinarias cada vez que se requiera.
Artículo 5° La Comisión Nacional tendrá una Secretaría Ejecutiva que estará a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y desempeñará las funciones de coordinación general que le señale la Comisión. La Secretaría Ejecutiva contará con el apoyo técnico del Departamento Nacional de Planeación y del Inderena en la elaboración de los informes sectoriales e intersectoriales que serán sometidos a consideración de la Comisión.
Artículo 6° El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes funciones:
Artículo 7° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de diciembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,

Rodrigo Pardo García-Peña.

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