por el cual se provee a la adquisición de unas semillas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 2070 de junio 18 de 1948 se comisiono al ingeniero agrónomo señor Luis Guillermo Quintero para estudiar las modalidades agrícolas de Yucatán y Tabasco, en la República de México:
Que el señor Quintero, en cumplimiento de su comisión ha encontrado de conveniencia para nuestra agricultura la importación a Colombia de algunas semillas cuya adquisición es posible en México,
DECRETA:
Artículo primero. Destinase la suma de ochocientos setenta y siete pesos cincuenta centavos ($ 877.50) moneda colombiana, o su equivalente en moneda de los Estados Unidos de América, para adquisición y envío de semillas de México a Colombia, suma ésta que será situada a la orden del ingeniero agrónoom Luis Guillermo Quintero en el Consulado de Colombia en Mérida, Yucatán, México, por conducto del Consulado General de Colombia en New York.
Artículo segundo. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se hará con cargo al Capítulo 55-A, artículo 508-23 del Presupuesto Nacional vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de septiembre de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Agricultura y Ganadería
Pedro CASTRO MONSALVO
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