Por el cual se cambia la denominación y funciones de una Institución Asistencial

Rango Decreto
Publicación 1953-12-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo primero. Desde el primero de enero de 1954, el Hospital "San Ana", del Municipio de Muzo (Boyacá), funcionará como Puesto de Salud, dependiendo directamente del Departamento de Salubridad del Ministerio de Salud Pública.
Artículo segundo. Tanto el edificio como los elementos de dotación del Hospital "Santa Ana", del citado Municipio, quedarán a cargo del Departamento de Salubridad con destino al Puesto de Salud.

Artículo tercero. Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 26 de noviembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

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