Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerios de Guerra y Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1947-10-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Guerra y Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 18 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 103.
Del artículo 2178. Para continuar la construcción de la Escuela Militar de Cadetes y Superior de Guerra, de acuerdo con los nuevos programas 16.000.00
Del artículo 2190. Para continuar la construcción de los Cuarteles de Ibagué 20.000.00
Suman los contracréditos 36.000.00
MINISTERIO DE GUERRA
Capítulo 38.
Al artículo 407-A. Para continuar la construcción de la Escuela Militar de Cadetes y Superior de Guerra, de acuerdo con los nuevos programas 16.000.00
Al artículo 407-B. Para continuar la construcción de los cuarteles de Ibagué 20.000.00
Suman los créditos 36.000.00
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Guerra,

Fabio LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Obras Públicas

Luis Ignacio ANDRADE

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