por el cual se aprueba una reforma a los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial la que le confiere la letra b) del artículo 26 del Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1° Apruébanse las reformas a los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, adoptadas por su Junta Directiva y que son del siguiente tenor:
RESOLUCION JD - 0080 DE 1990
(diciembre 6)
“por la cual se adoptan reformas a los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones”.
La Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 26 del Decreto 1050 de 1968 y el literal b) del artículo 16 de los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones,
RESUELVE:
Artículo 1° Adóptanse las siguientes modificaciones en los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones:
- 1° La letra j) del artículo 16, quedará así:
“j) Autorizar previamente la celebración de contratos y/o emitir concepto favorable para la adjudicación de licitaciones, según el caso, respecto de los negocios cuya cuantía exceda la suma de dinero equivalente a ciento sesenta (160) salarios mínimos anuales”.
- 2° La letra b) del artículo 25, quedará así:
“b) Celebrar los contratos y ejecutar los actos comprendidos dentro del objeto de la empresa, de acuerdo, en cada caso, con las disposiciones legales y estatutarias vigentes. Cuando su cuantía exceda la suma de dinero equivalente a ciento sesenta (160) salarios mínimos anuales, requerirá la autorización previa de la Junta Directiva”.
Artículo 2° La presente Resolución requiere para su validez, aprobación del Gobierno Nacional.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Expedida en Bogotá, D. E., a los...
El Presidente de la Junta Directiva,
(Fdo.) Alberto Casas Santamaría.
La Secretaría de la Junta Directiva,
(Fdo.) Carmen Cecilia Angarita Rodríguez”.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de diciembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Comunicaciones,
Alberto Casas Santamaría.
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