Por el cual se aprueba el acuerdo número 0095 de 1983, que establece la estructura orgánica de la Universidad Surcolombiana y se determinan las funciones de sus dependencias
El Presidente de la República de Colombia, en use de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Articulo primero. Apruébase el Acuerdo número 0095 de 1983, emanado del Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, por el cual se establece la Estructura Orgánica y se determinan las funciones de las dependencias de dicha Entidad, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 0095 DE 1983
(octubre 19)
"por el cual se establece la Estructura Orgánica de la Universidad Surcolombiana y se determinan las funciones de sus dependencias".
El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en use de sus atribuciones legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaria de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
I.DE LA ESTRUCTURA
Artículo 1° La Estructura Orgánica de la Universidad Surcolombiana será la siguiente:
- 1. Consejo Superior
- 2. Rectoría
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- 1 Secretaria General
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- 2 Oficina de Planeacion
- 3. Consejo Académico
- 4. Vicerrectoria Académica
4.1 Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico
4.2 Centro de Biblioteca
4.3 Centro de Admisiones, Registro y Control Académico
4.4 Centro de Sistemas
4.5 Centro de Educación a Distancia
4.6 Centro de Recursos Educativos
4.6.1 Sección de Ayudas Audiovisuales
4.6.2 Sección de Laboratorios, Equipos y Talleres
4.6.3 Sección de Publicaciones
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- 7 Centro de Bienestar Universitario y Divulgación Cultural.
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- 7.1 Sección de Divulgación Cultural
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- 8 Facultad de Ciencias Contables y Administrativas
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- 8.1 Consejo de Facultad
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- 8.2 Departamento de Contaduría
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- 8.3 Departamento de Administración
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- 8.4 Departamento de Practica Empresarial y Extensión
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- 9 Facultad de Ingeniería
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- 9.1 Consejo de Facultad
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- 9.2 Departamento de Agrícola
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- 9.3 Departamento de Minas y Petróleos
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- 9.4 Departamento de Mecánica
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- 9.5 Instituto de Ensayos e Investigación
4.10 Faculta de Ciencias de la Educación
4.10.1 Consejo de Facultad
4.10.2 Departamento de Filología e Idiomas
4.10.3 Departamento de Educación Física, Recreación y Deportes.
4.10.4 Departamento de Ciencias Básicas (Matemáticas, Física, Química, Biología).
4.10.5 Departamento de Ciencias Pedagógicas (Pedagogía, Psicología, Currículo. Administración Educativa, Preescolar)
4.10.6 Departamento de Investigación; Humanidades (Filosofía, Historia, Derecho, Sociología, Investigación)
4.10.7 Instituto de Aplicación Pedagógica
4.11 Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud
4.11.1 Consejo de Facultad
4.11.2 Departamento de Ciencias Básicas Médicas
4.11.3 Departamento de Ciencias Clínicas
4.11.4 Departamento de Medicina Social Comunitaria.
4.11.5 Departamento de Enfermería
- 5. Vicerrectoria Administrativa
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- 1 División Financiera
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- 1.1 Sección de Presupuesto y Contabilidad,
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- 1.2 Sección de Tesorería
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- 2 División de personal
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- 3 División de Servicios Administrativos
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- 3.1 Sección de Servicios Generales
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- 3.2 Sección de Adquisiciones y Suministros
- 6. Órganos de Asesoria y Coordinación
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- 1 Comité de Asuntos Administrativos
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- 2 Comité de Selección y Evaluación de Personal Docente.
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- 3 Comité de Admisiones e Información Profesional
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- 4 Comité de Investigaciones
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- 5 Comité de Biblioteca e Información Científica
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- 6 Comité de Bienestar Universitario
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- 7 Comité de Educación a Distancia
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- 8 ComisiOn de Personal
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- 9 Junta do Licitacicnes y Contratos
II.DE LAS FUNCIONES
Consejo Superior, Rector y Consejo Académico
Articulo 2° El Consejo Superior, el Rector y el Consejo Académico cumplirán las funciones para ellos asignadas en el Estatuto General de la Universidad y en las demás disposiciones legales vigentes.
Secretaria General.
Articulo 3° El Secretario General cumplirá además de las funciones para él previstas en el Estatuto General de la Universidad, las siguientes:
- a) Asesorar a la Rectoría en el trámite y solución de los asuntos jurídicos de la Universidad;
- b) Elaborar, revisar y conceptuar sobre los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás normas legales relacionadas con la Institución;
- c) Participar en el estudio y elaboración de los contratos y convenios que celebre la Universidad y revisar los documentos de carácter legal que sean necesarios para los mismos.
- d) Compilar, codificar y estudiar la legislación, jurisprudencia y doctrina referentes al Sistema de Educación Superior y difundir las normas legales relacionadas con la Universidad;
- e) Representar a la Universidad en los juicios en que esta sea parte y cuando así lo disponga el Rector, e informarle sobre el desarrollo de los mismos;
- f) Conceptuar sobre la validez legal de documentos relacionados con la Institución;
- g) Conservar y actualizar la titulación de bienes de la Entidad;
- h) Prestar el apoyo jurídico requerido por las diferentes dependencias y Órganos de la Universidad para el normal cumplimiento de sus funciones;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Planeación.
Articulo 4° Son funciones de la Oficina de Planeación:
- a) Asesorar a la Rectoría y demás órganos directivos de la Universidad en la planeación y programación institucional en los diferentes aspectos;
- b) Elaborar en coordinación con la Vicerrectoria Administrativa y las demás dependencias de la Universidad, el proyecto de presupuesto anual de inversiones y funcionamiento;
- c) Realizar los estudios de organización, métodos y procedimientos conjuntamente con las diferentes dependencias;
- d) Elaborar los manuales de funciones y procedimientos, velar por su aplicación y mantenerlos actualizados;
- e) Diseñar planes de organización de oficinas para todas las dependencias de la Universidad tendientes a darles carácter funcional y garantizar el máximo aprovechamiento de las áreas;
- f) Efectuar los estudios socio-económicos que requiera la Universidad, a fin de garantizar la adecuada prestación de los servicios propios de la Universidad;
- g) Recopilar y codificar la información requerida con fines estadísticos y Elaborar los informes que sobre la materia sean necesarios para evaluar la gestión institucional;
- h) Evaluar los diferentes planes, programas y proyectos que desarrolla la Universidad en cumplimiento de sus objetivos y sugerir los correctivos necesarios;
- i) Mantener relaciones permanentes con las diferentes entidades públicas y privadas que en razón a sus funciones contribuyan a una eficiente planeación del sector educativo y en especial de la Universidad;
- j) Rendir a las dependencias, órganos e instituciones los informes que sean de su competencia;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Vicerrectoria Académica.
Articulo 5° Son funciones de la Vicerrectoria Académica;
- a) Asistir a la Rectoría en la determinación de las políticas relacionadas con la gestión académica de la Universidad;
- b) Orientar, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades de las dependencias académicas de la Universidad;
- c) Proponer y desarrollar políticas de orden académico tendientes al mejoramiento de la calidad universitaria;
- d) Velar por el cumplimiento de los reglamentos docente, académico y estudiantil, vigentes;
- e) Coordinar la evaluación periódica de los diferentes programas académicos y proponer las modificaciones que estime convenientes;
- f) Propender por la eficiente prestación de los servicios de apoyo a las diferentes Unidades del Área Académica y coordinar con la Vicerrectoria Administrativa las acciones pertinentes;
- g) Presentar a la Rectoría y demás órganos directivos de la Universidad, los informes periódicos y especiales que le sean solicitados;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico
Artículo 6° Son funciones del Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico:
- a) Promover y coordinar todo lo relacionado con los proyectos de investigación que adopte la Universidad y proporcionar los medios necesarios para el cumplimiento de estos fines;
- b) Estimular el ejercicio de la investigación en el ámbito universitario, acogiendo e implementando toda iniciativa loable relacionada con la misma;
- c) Difundir los resultados de las investigaciones e innovaciones educativas, a través de publicaciones, foros y seminarios;
- d) Establecer relaciones e intercambio de información con organismos similares, lo mismo que con entidades que puedan financiar proyectos de investigación y de extensión;
- e) Informar y capacitar al personal docente y estudiantil sobre metodología y técnicas de la investigación;
- f) Asesorar a las Facultades y Departamentos en aspectos de investigación dentro del desarrollo de sus programas académicos;
- g) Rendir informes a la Vicerrectoria Académica sobre las actividades del Centro;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Biblioteca.
Artículo 7° Son funciones del Centro de Biblioteca:
- a) Organizar y controlar la eficiente prestación de los servicios de biblioteca, hemeroteca y demás medios de información científica de la Universidad y coordinar sus actividades con las diferentes dependencias;
- b) Codificar, procesar y conservar en forma técnica los materiales bibliográficos y mantener actualizados los inventarios, catálogos y demás medios de acceso a las colecciones;
- c) Orientar a los interesados en la investigación de temas específicos y velar por la efectividad del servicio de préstamo de publicaciones;
- d) Propender por la divulgación de conocimientos relacionadas con la organización y use de los recursos bibliográficos, mediante cursos, seminarios, conferencias y publicaciones;
- e) Dar a conocer oportunamente al personal docente y estudiantil, las novedades bibliográficas y de información científica;
- f) Tramitar con las dependencias correspondientes la adquisición de libros y demás recursos bibliográficos que siendo necesarios para la Universidad propongan los profesores y estudiantes;
- g) Rendir informes a la Vicerrectoria Académica sobre el funcionamiento de la dependencia;
- I) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Admisiones, Registro y Control Académico.
Artículo 8° Son funciones del Centro de Admisiones, Registro y Control Académico:
- a) Coordinar los procesos de selección de aspirantes, teniendo en cuenta los exámenes de Estado, las evaluaciones de la Universidad y los reglamentos sobre el particular;
- b) Elaborar y publicar las listas de preseleccionados y seleccionados a ingresar a la Universidad;
- c) Ejecutar en coordinación con las Facultades, los tramites relacionados con la matricula estudiantil y verificar que los documentos se ajusten a las exigencias de la Universidad;
- d) Llevar debidamente organizados los registros y documentos de los estudiantes, mantenerlos actualizados y velar por su seguridad;
- e) Expedir en coordinación con la Secretaria General, los certificados y constancias requeridos por alumnos y exalumnos de la Universidad;
- f) Elaborar en coordinación con la Oficina de Planeacion estudios estadísticos sobre rendimiento y evaluación de las Facultades, proyección de matriculas y posibilidades de ingreso;
- g) Suministrar a la Vicerrectoria Académica y a la Rectoría, la información necesaria para la gestión académica de la Universidad;
- h) Adelantar con la asesoria de la Oficina de Planeación y el Centro de Sistemas, los estudios de organización y manejo de los registros académicos;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Sistemas.
Articulo 9° Son funciones del Centro de Sistemas:
- a) Planear, coordinar y desarrollar las actividades relacionadas con el análisis, programación y procesamiento de la información que requiera la Universidad con fines académicos y administrativos;
- b) Evaluar les nuevos desarrollos técnicos en la materia con el propósito de aplicarlos en el Centro;
- c) Desarrollar proyectos de sistemas que incluyen análisis diseño, programación e implementación;
- d) Organizar y llevar a cabo la transcripción, verificación y clasificación de la información;
- e) Llevar a cabo la capacitación y el entrenamiento de los usuarios del Centro, de acuerdo con los planes y programas establecidos;
- f) Preparar y mantener manuales actualizados de operación y de los usuarios para cada aplicación;
- g) Coordinar y controlar las operaciones de los equipos de procesamiento de la información;
- h) Velar por la adecuada utilización de los recursos y dispositivos del Centro y solicitar el oportuno mantenimiento y reparación de los mismos;
- i) Suministrar a las directivas de la Universidad y a las dependencias que lo requieran, la información necesaria para la Planeación universitaria, la toma de decisiones y la ejecución de funciones;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Educación a Distancia.
Articulo 10. Son funciones del Centro de Educación a Distancia:
- a) Dirigir y coordinar las diferentes actividades relacionadas con los programas de Educación Abierta y a Distancia que ofrezca la Universidad;
- b) Definir y concertar con todas las dependencias de la Universidad, las líneas de acción necesarias para el óptimo funcionamiento del Sistema de Educación a Distancia;
- c) Determinar los recursos humanos, financieros y físicos necesarios para el normal funcionamiento del Sistema y solicitar a las dependencias correspondientes la asignación de los mismos;
- d) Coordinar con el Centro de Admisiones. Registro y Control Académico, los procesos referentes a inscripción de matricula seguimiento académico y promoción de los usuarios del Sistema de Educación a Distancia;
- e) Prestar la asesoria y el apoyo requerido por los usuarios y unidades periféricas que integran el Sistema de Educación a Distancia de la Universidad;
- f) Coordinar el diseño, elaboración impresión y distribución de los medios educativos básicos y accesorios que requieran los usuarios del Sistema de Educación a Distancia;
- g) Estudiar alternativas para la celebración de convenios interinstitucionales con miras al intercambio de servicios y recursos educativos inherentes a los programas de educación a Distancia.
- h) Definir con el apoyo de las facultades, los criterios de evaluación de los programas que en materia de Educación a Distancia desarrolle la Universidad.
- i) Adelantar las acciones necesarias para promover en la comunidad los beneficios del Sistema de Educación a Distancia;
- j) Mantener intercambio con dependencias y organismos nacionales e internacionales especializados en el campo de la Educación si Distancia, a fin de obtener información actualizada sobre innovaciones en la materia y estudiar las posibilidades de aplicación en los programas de la Universidad;
- k) Rendir informes a la Vicerrectoria Académica sobre el desarrollo de los programas y actividades de la dependencia;
- l) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Recursos Educativos.
Articulo 11. Son funciones del Centro de Recursos Educativos:
- a) Organizar coordinar y controlar la utilización de los recursos didácticos y educativos, encaminados a la actualización y mejoramiento del proceso enseñanza-aprendizaje;
- b) Asesorar al personal docente en la selección, elaborasen y adquisición de equipo, material y ayudas didácticas;
- c) Coordinar sus actividades con las diferentes dependencias del área académica con el fin de mantener actualizados los servicios del Centro;
- d) Propender por el mejoramiento, conservación y debido uso de los recursos educativos por parte de la comunidad universitaria;
- e) Administrar y conservar en debida forma los museos y pinacotecas de propiedad de la Universidad;
- f) Rendir informes periódicos a la Vicerrectoria Académica sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Ayudas Audiovisuales.
Articulo 12. Son funciones de la Sección de Ayudas Audiovisuales:
- a) Administrar y controlar los medios y ayudas audiovisuales indispensables para el desarrollo de las actividades, académicas de la Universidad;
- b) Fomentar y producir los materiales didácticos, suministrarlos oportunamente y velar por su debido uso, orientando a los usuarios en tal sentido;
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