Por el cual se reglamenta el artículo 17 del Decreto número 1680 de 1942, sobre compromisos de enganche de las clases técnicas y Suboficiales de la Fuerza Aérea

Rango Decreto
Publicación 1947-10-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Los compromisos de enganche de que trata el artículo 17 del Decreto número 1680 de 1942, para Suboficiales Técnicos de la Fuerza Aérea, que voluntariamente deseen prestar sus servicios en ella, se celebrará con sujeción a las condiciones que se fijan, así:
Artículo 2º. Autorízase al Director General de Aviación para celebrar en nombre del Gobierno los contratos de que trata el presente Decreto de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de septiembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Guerra,

Fabio LOZANO Y LOZANO

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