Por el cual se auxilia a la Intendencia Nacional del Meta para atender a su administración y fomento

Rango Decreto
Publicación 1953-12-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y en atención al Decreto número 3518 del 9 de noviembre de 1949 por el cual se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1°. Destínase por una sola vez la cantidad de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, como partida con la cual la Nación auxilia a la Intendencia Nacional del Meta para atender a su administración y fomento.
Artículo 2°. La partida anterior se toma de los siguientes Capítulos del Presupuesto Nacional:

Obras Públicas.

Agricultura y Ganadería.

Fomento.

Artículo 3°. Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de noviembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,

Daniel Henao Henao.

El Ministro de Justicia,

Antonio Escobar Camargo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General GustavoBerrío.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de. Comunicaciones, encargado del Ministerio de Agricultura,

Coronel Manuel Agudelo.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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