Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1983-11-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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el Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales.

DECRETA:

Artículo 1 Apruébase el Acuerdo número 19 de octubre 6 de 1983 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDONUMERO 19 DE 1983

(octubre 6)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Articulo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, mediante la reinversión de los dividendos que correspondieron al Fondo Nacional del Café durante el ejercicio de 1932 como accionista de la Sociedad Ingenio del Suárez S. A, suscriba y pague para el Fondo Nacional del Café 5.860 acciones de la citada Sociedad de valor nominal de cien pesos ($ 100.00) cada una.

Articulo segundo. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogota, D. E., a los seis (6) dial del mes octubre de mil novecientos ochenta y tres (1983).

El Presidente.

(Fdo) Otto Morales Benítez.

El Secretario.

(Fdo.) Jose Fernando Jaramillo H».

Articulo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogota, D. E., a 9 de noviembre de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Edgar Gutierrez Castro.

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