Por el cual se amplía un término en materia electoral

Rango Decreto
Publicación 1910-04-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

Vista la solicitud del Gobernador de Antioquia en el sentido de que se amplíe el término que los Consejos Municipales tienen para remitir á las Juntas Electorales los pliegos de la elección de Diputados á la Asamblea Nacional, y en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Señálase el día 24 de los corrientes, á las doce del día, para que se instale la Junta Electoral de la Circunscripción Electoral de Antioquia, con el fin de verificar el escrutinio y declaración á que se contrae el artículo 3.° del Decreto número 167 de 1910.
Artículo 2.° El presente Decreto regirá desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 8 de Abril de 1910.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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