por el cual se liquida la Ley 779 de 2002 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002
Artículo 13. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
Artículo1°. Adiciónese el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2002 en la suma de CUATRO BILLONES CIENTO QUINCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE PESOS MONEDA LEGAL ($4.115.988.422.139) según el siguiente detalle:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
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Artículo 2°. Contracredítase el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2002, en la suma de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TRECE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS MONEDA LEGAL($47.613.359.597)según el siguiente detalle:
CONTRACREDITOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
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ARTICULO 3°. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranselos siguientes créditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2002, en la suma de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TRECE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS MONEDA LEGAL ($47.613.359.597) según el siguiente detalle:
CREDITOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
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