Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1946-01-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 3° de la Ley 45 de 1945, y

CONSIDERANDO

que la Contraloría General de la República ha certificado la disponibilidad de la cantidad de $ 237.482.68, por concepto de saldos disponibles en las apropiaciones de la Ley de Gastos vigente,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes-traslados en el Presupuesto vigente:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 26023 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3, 4 Y 5

Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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