Por el cual se disponen algunos cambios en el personal de la Oficina de Catastro del Norte de Santander
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en desarrollo del artículo 10 del Decreto legislativo número 2974 de 1944.
DECRETA:
Artículo 1º A partir de esta fecha, suprímese en la Oficina Seccional de Catastro del Norte de Santander, el cargo de Secretario-Abogado (Oficial 9ª), previsto por el artículo 3º del Decreto número 1428 de 1946.
Artículo 2º Créase en la misma Seccional de Catastro del Norte de Santander, el cargo de Director, con categoría de Oficial 7º, y para desempeñarlo asciéndese al señor Isidro Vejarano.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 28 de octubre de 1946
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
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