Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que en el artículo 356, del capítulo 54, del Presupuesto de la presente vigencia, figura la suma de $17,980-80, para atender al sostenimiento de las escuelas de La Goajira y Sierra Nevada,
DECRETA:
Artículo único Distribuyese la suma de $ 17,980-80, que figura en el artículo 356, del capítulo 54, para el sostenimiento en el presente año de las escuelas del Territorio Escolar de La Goajira y Sierra Nevada, de la manera siguiente:
| Mensual | Anual | ||
|---|---|---|---|
| 1° Del Inspector, a | $ | 88 40 | 1,060 80 |
| 2° De diez y ocho maestros, a $ 35 mensuales cada uno | 630 | 7,560 | |
| 3° De veintiséis maestros, a $ 30 mensuales cada uno | 780 | 9.360 | |
| Suma | $ | 17,980 80 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de febrero de 1931.
enrique olaya herrera
El Ministro de Educación Nacional,
Abel carbonell.
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