Por el cual se aumenta el capital de explotación del Terminal de Barranquilla

Rango Decreto
Publicación 1946-11-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO

Que el volumen de cargamentos de importación y exportación, que se movilizan por el Puerto Terminal de Barranquilla ha venido creciendo notoriamente;

Que de acuerdo con varios pactos con los trabajadores del Terminal los salarios han sido aumentados en repetidas ocasiones;

Que por tales motivos el capital de que se dispone para la exploración del Terminal y que fue fijado por medio del Decreto 2641 de noviembre de 1942, resulta hoy insuficiente para las necesidades de la Empresa,

DECRETA:

Artículo único. Auméntase el capital de explotación o fondo rotatorio del Puerto Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla en ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00), que se tomarán del capítulo 96, articulo 1694 del Presupuesto de la vigencia en curso y que serán girados a la Administración de dicho Puerto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de octubre de 1946.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Obras Públicas.

Darío BOTERO ISAZA

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