por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del ramo de Telégrafos en el Ministerios de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las conferidas por el parágrafo 3º del artículo 1º de la Ley 66 de 1926,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes supresiones en el personal del ramo de Telégrafos, del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Sección de Telégrafos y Teléfonos.
| La plaza de Mecanógrafa con asignación mensual de | 160.00 |
|---|---|
| Cargo que viene desempeñando la señorita Concepción León. | |
| Oficina Central de Telégrafos de Bogotá. | |
| Una plaza de Mecanógrafa de 2ª, con asignación mensual de | 149.00 |
| Cargo que viene desempeñando la señorita Alcira Bejarano. | |
| Inspecciones de Zona. | |
| La plaza de Auxiliar 2º, con asignación mensual de cargo que viene desempeñando la señorita Inés Olarte A. | 126.00 |
| Una plaza de Guarda del trayecto Acacias-Palomarcado (Zona 1ª), con asignación mensual de | 100.00 |
| Cargo que viene desempeñando el señor Senén Gómez Lizarazo. | |
| DEPARTAMENTO DE BOLIVAR | |
| Oficina Telegráfica de Cartagena. | |
| Dos plazas de Operadores de Morse, con asignación mensual de $ 218 cada uno | 436.00 |
| Cargos que vienen desempeñando los señores Antonio J. Simancas y Federico Osorio. | |
| INTENDENCIA DEL META | |
| Oficina Telegráfica de Villavicencio. | |
| La plaza de Auxiliar 2º, con asignación mensual de | 126.00 |
| Cargo que viene desempeñando el señor Juan Nieto. | |
| Suma | 1.097.00 |
| Parágrafo. Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 86, artículo 1811 del Presupuesto vigente. |
Artículo segundo. Hácense las siguientes creaciones en el personal del ramo de Telégrafos, del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Sección de Telégrafos y Teléfonos.
| La plaza de Ayudante de la Mesa de Multas, con asignación mensual de | 140.00 |
| Oficina Central de Telégrafos de Bogotá. | |
| Una plaza de Mecanógrafa de 1ª, con asignación mensual de | 159.00 |
| Inspecciones de Zona. | |
| La plaza de Cajero Auxiliar, con asignación mensual de | 180.00 |
| DEPARTAMENTO DE BOLIVAR | |
| Oficina Telegráfica de Cartagena. | |
| Dos plazas de Operadores de Teleprinter, con asignación mensual de $ 241 cada uno | 482.00 |
| DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA | |
| Oficina Mixta de Silvania. | |
| Una plaza de Cartero, con asignación mensual de | 10.00 |
| INTENDENCIA DEL META | |
| Oficina Telegráfica de Villavicencio. | |
| Una plaza de Plegador con asignación mensual de | 126.00 |
| Suma | 1.097.00 |
Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 86, artículo 1811 del Presupuesto vigente.
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir del Primero (1º) de octubre del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de septiembre de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Correos y Telégrafos.
José Vicente DAVILA
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