por el cual se aprueba el Acuerdo número 007 del 17 de diciembre de 1997, que establece la estructura interna del Fondo Nacional de Caminos Vecinales
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los Decretos-ley 3130 y 1050 de 1968,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. Apruébase el Acuerdo número 007 de 1997 que establece la estructura interna del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NUMERO 007 DE 1997
(diciembre 17)
por el cual se establece la estructura interna del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y se determinan las funciones de sus dependencias.
El Consejo Directivo del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 numeral 2 del Decreto 2128 de 1995,
ACUERDA:
CAPITULO I
Estructura orgánica
Artículo 1º. La estructura interna del Fondo Nacional de Caminos Vecinales será la siguiente:
1.0 Consejo Directivo
2.0 Gerencia General
3.0 Secretaría General
4.0 Oficina de Planeación
5.0 Oficina Jurídica
6.0 Oficina de Control Interno
7.0 Subgerencia técnica unidad ambiental
7.1 División convenios y programación de caminos
7.2 División construcciones
7.3 División mantenimiento
7.4 División transferencia y desarrollo comunitario
8.0 Subgerencia administrativa y financiera
8.1 División financiera
8.2 División recursos humanos
8.3 División recursos físicos
9.0 Gerencias regionales
10.0 Organos de coordinación y asesoría
10.1 Comité de gerencia
10.2 Comité de personal
10.3 Comité de coordinación de control interno
CAPITULO II
De las funciones
Consejo Directivo y Gerencia General
Artículo 2º. El consejo directivo y gerente general cumplirán las funciones para ellos señaladas en los estatutos del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y en las demás disposiciones legales vigentes.
Secretaría General
Artículo 3º. Son funciones de la Secretaría General:
-
- Asesorar la gestión de la gerencia general como instancia de coordinación entre ella y las demás dependencias de la institución.
-
- Comunicar y velar por el cumplimiento de las disposiciones que genere la gerencia general a nivel nacional.
-
- Coordinar las actividades de las oficinas asesoras de la gerencia general.
-
- Representar al gerente general en las actividades oficiales que este le indique.
-
- Tramitar los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos que deban someterse a consideración del consejo directivo o de la gerencia general.
-
- Notificar los actos administrativos proferidos por el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
-
- Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas y reglamentarias aplicables al Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
-
- Autorizar la publicación de los actos de interés general que expida el FNCV.
-
- Coordinar las actividades de las gerencias regionales y demás dependencias de la entidad.
-
- Presentar a la gerencia general los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.
-
- Coordinar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente.
-
- Coordinar la recepción de quejas y reclamos presentados por la ciudadanía.
-
- Organizar y controlar el manejo del archivo general de la entidad.
-
- Asesorar a la gerencia general en la formulación de las políticas generales y estrategias en lo relativo al plan general de sistemas de la entidad.
-
- Evaluar e implementar los programas y aplicaciones computarizadas que se requieran, proponer las medidas de control y ejercer la auditoría de sistemas correspondiente, buscando integridad en los sistemas y la información de la entidad.
-
- Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de planeación
Artículo 4º. Son funciones de la oficina de planeación:
-
- Asesorar a la gerencia general del Fondo Nacional de Caminos Vecinales en la formulación, coordinación y evaluación de las políticas, estudios y proyectos necesarios para el mantenimiento y expansión de la red terciaria a cargo de la entidad.
-
- Coordinar con las demás dependencias la elaboración del anteproyecto anual de presupuesto, programar los traslados y adiciones del mismo y darles el trámite correspondiente.
-
- Asistir a la gerencia general en la gestión y celebración de convenios de crédito que deba realizar el Fondo Nacional de Caminos Vecinales con otras entidades del orden nacional e internacional y llevar su respectivo registro.
-
- Preparar, proponer y desarrollar en coordinación con otras dependencias las metodologías de cofinanciación, conforme a las disposiciones vigentes
-
- Efectuar el registro de proyectos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional (BPIN), de acuerdo a la metodología establecida por el Departamento Nacional de Planeación.
-
- Colaborar e interactuar conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeación y la Oficina de Planeación del Ministerio de Transporte, en el seguimiento de las metas del Plan de Desarrollo Nacional en materia de vías terciarias.
-
- Orientar la compilación, actualización de estadísticas socioeconómicas y demás relacionadas con las actividades del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, así como organizar y actualizar el centro de documentación de la entidad.
-
- Asistir a las gerencias regionales en asuntos relacionados con la planeación y programación de sus actividades.
-
- Rendir a la gerencia general informes periódicos sobre el desarrollo de sus funciones.
-
- Las demás que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.
Oficina Jurídica
Articulo 5º. Son funciones de la oficina jurídica:
-
- Asesorar a gerencia general y coordinar con las demás dependencias del Fondo Nacional de Caminos Vecinales el trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico.
-
- Elaborar y revisar los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, minutas de contratos, y demás actos administrativos relacionados con el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
-
- Conceptuar sobre la interpretación de las normas legales inherentes al Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
-
- Representar a la entidad, a través de los abogados de planta o mediante apoderados externos, cuando la gerencia general así lo determine y por mandato de la misma, en las acciones judiciales y extrajudiciales e informar a la gerencia sobre el desarrollo de las mismas.
-
- Controlar y evaluar el adecuado manejo de los asuntos de la entidad, que sean gestionados por apoderados externos.
-
- Adelantar los trámites y procedimientos de la naturaleza jurídica relacionados con la actividad contractual del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en sus etapas de celebración, legalización, ejecución y liquidación.
-
- Colaborar con las demás dependencias en la elaboración de los pliegos de condiciones y términos de referencia para las licitaciones y concurso de méritos que deba realizar el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
-
- Llevar el registro de las garantías contractuales otorgadas a favor del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y controlar su vencimiento, renovación y en general el cumplimiento de las obligaciones legales contraídas por los contratistas.
-
- Archivar en forma organizada y consecutiva los originales de los diferentes contratos que celebre el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, conjuntamente con sus soportes.
-
- Tramitar con la debida oportunidad las solicitudes que formulen las autoridades jurisdiccionales, de policía, del Ministerio Público, al igual que las presentadas por particulares u otras entidades, cuando traten sobre asuntos que competan a la oficina.
-
- Organizar y mantener actualizado el archivo y la codificación de las normas, jurisprudencia y doctrina relacionada con el Fondo Nacional de Caminos Vecinales y velar por su divulgación.
-
- Rendir a la gerencia general informes periódicos sobre el desarrollo de sus funciones.
-
- Tramitar los cobros que adelante la entidad por jurisdicción coactiva.
-
- Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de control interno
Artículo 6º. Son funciones de la oficina de control interno:
-
- Planear, organizar y dirigir la verificación y evaluación del sistema de control interno.
-
- Prestar asesoría a la estructuración y aplicación de los planes, sistemas, métodos y procedimientos de control interno necesarios para garantizar que todas las actividades, operaciones y actuaciones del FNCV, se realicen de conformidad con la Constitución y la ley.
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- Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades del Fondo Nacional de Caminos Vecinales se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
-
- Velar porque todas las actividades del Fondo Nacional de Caminos Vecinales estén dirigidas al logro de sus objetivos, con el máximo de aprovechamiento de los recursos disponibles, de acuerdo con estrictos criterios de eficacia y eficiencia.
-
- Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y recomendar los correctivos que sean necesarios.
-
- Efectuar visitas administrativas a las regionales, en forma periódica y/o cuando circunstancias especiales lo ameriten, así como evaluar en forma selectiva las obras civiles.
-
- Rendir a la gerencia general informes periódicos sobre el desarrollo de sus funciones.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
Subgerencia técnica
Artículo 7º. Son funciones de la subgerencia técnica:
-
- Asesorar a la gerencia general del Fondo Nacional de Caminos Vecinales en la formulación, administración y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos en materia de construcción, mejoramiento, conservación y rehabilitación de la red terciaria.
-
- Asesorar a la gerencia general para el cumplimiento de los objetivos de la política de cofinanciación en concordancia con las normas vigentes y el proceso de descentralización.
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- Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas de las dependencias a su cargo que deban adelantarse para la construcción, mejoramiento y conservación de los Caminos Vecinales a cargo del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y sus obras complementarias, en concordancia con los planes y políticas trazadas.
-
- Dirigir y coordinar los estudios relacionados con el levantamiento del inventario nacional de vías de Caminos Vecinales a su cargo, en las entidades territoriales donde no se haya cumplido la transferencia o donde se ejecuten nuevas obras.
-
- Coordinar con las gerencias regionales según las políticas fijadas por la gerencia general las actividades de estudio, diseño, contratación e interventoría de las obras para la construcción y mantenimiento de la red terciaria.
-
- Asistir a la gerencia general en la continuación del proceso de transferencia de las vías a su cargo y coordinar su seguimiento de conformidad con la reglamentación del Ministerio de Transporte.
-
- Preparar, coordinar y ejecutar la realización de estudios de ingeniería relativos a la clasificación, selección, diseño y especificaciones de las vías.
-
- Proponer proyectos de normas y especificaciones para los estudios, diseños, construcción, conservación e interventoría, de los Caminos Vecinales que se ejecuten.
-
- Dirigir y controlar las labores de interventoría de las obras públicas que ejecute el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
-
- Preparar y coordinar lo concerniente a la realización de licitaciones y celebración de contratos de obra, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes.
-
- Coordinar la elaboración de los informes de progreso físico y financiero de los contratos de obras civiles y consultoría, evaluandolos y efectuando recomendaciones y velar porque se establezcan correctivos o se tramiten las sanciones del caso por incumplimiento, en coordinación con la oficina jurídica.
-
- Prestar apoyo y asesoría a los entes territoriales en las actividades de formulación, preparación, evaluación y tramitación de los programas y proyectos de caminos vecinales.
-
- Presentar a la gerencia general informes periódicos sobre el desarrollo de sus actividades.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
Unidad ambiental
Artículo 8º. Son funciones de la unidad ambiental:
-
- Asesorar a la entidad en la ejecución contratación y supervisión de los diferentes estudios sobre impacto ambiental que se requieran para la construcción, conservación, mantenimiento y rehabilitación de caminos de la red terciaria.
-
- Adoptar las disposiciones vigentes en materia ambiental establecidas por las entidades competentes para la elaboración de los términos de referencia de los estudios de manejo ambiental para los proyectos de construcción.
-
- Verificar en la etapa de construcción y operación el cumplimiento de las acciones de mitigación recomendadas en los estudios de impacto ambiental y evaluar los resultados.
-
- Asesorar a las regionales y prestar apoyo a los entes territoriales en la preparación, contratación y ejecución de términos de referencia para los estudios de manejo ambiental requeridos.
-
- Presentar a la subgerencia técnica los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
División convenios y programación de caminos
Artículo 9º. Son funciones de la división de convenios y programación de caminos:
-
- Presentar recomendaciones a la subgerencia técnica para la elaboración de los planes y programas a desarrollar para la ejecución de las inversiones en la construcción, mejoramiento, conservación y rehabilitación de la red vial terciaria.
-
- Controlar de acuerdo con la programación general de inversiones, la ejecución de las metas físicas y su impacto social en coordinación con la oficina de planeación.
-
- Evaluar el avance físico de las obras de acuerdo con los programas de inversión, en coordinación con las demás dependencias, con el fin de proponer la reasignación de fondos que sea necesaria para alcanzar las metas físicas propuestas, así como crear y aplicar los indicadores de gestión al respecto.
-
- Elaborar y mantener actualizado el inventario vial de la red a cargo de la entidad.
-
- Determinar los proyectos de obra de Caminos Vecinales que puedan ser ejecutados por el sistema de valorización en coordinación con las demás dependencias.
-
- Preparar y elaborar las tablas del porcentaje de cofinanciación que sean adoptados por el consejo directivo.
-
- Elaborar los convenios interadministrativos que requiera celebrar la entidad y efectuar el seguimiento, control, perfeccionamiento y archivo de dichos convenios.
-
- Presentar a la subgerencia técnica los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.
-
- Mantener actualizado el inventario de necesidades de ejecución de obras por emergencia o por conservación rutinaria, de acuerdo con las solicitudes de caminos presentadas por los entes territoriales.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
División construcciones
Artículo 10. Son funciones de la división construcciones:
-
- Asesorar a la subgerencia técnica en la preparación y coordinación de estudios, diseños e interventoría requerida para la ejecución de obras de construcción.
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- Preparar los términos de referencia requeridos para la contratación de consultoría, interventoría y construcción de los nuevos proyectos de red terciaria.
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- Elaborar y mantener actualizados los diseños de cimentación, estructuras puentes, obras de arte, de drenaje y vías que se requiera, así como las respectivas cartillas con sus modelos tipo debidamente actualizadas.
-
- Actualizar las normas y especificaciones para la construcción de caminos veredales y proponer las modificaciones que sean necesarias, en coordinación con otras dependencias.
-
- Asistir a la subgerencia técnica en la preparación, elaboración y seguimiento de sistemas de control y supervisión para que los contratos de construcción de obra, consultoría e interventoría se ejecuten conforme a los proyectos, normas y especificaciones correspondientes.
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