Por el cual se aprueba una Resolución del Instituto Colombiano de Expecialización Técnica en el Exterior
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Apruébase en todas sus partes la siguiente Resolución del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior, que a la letra dice:
"RESOLUCION NUMERO 1 DE 1952
(octubre 23)
El Director del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior, en uso de las facultades que le confiere el artículo 79 del Decreto extraordinario 2586,
resuelve:
Artículo primero. Para el funcionamiento del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior, créanse los cargos y fíjanse las asignaciones que aparecen a continuación:
Un
| Un | ||
|---|---|---|
| Un Secretario General | $ | 800.00 |
| Un Tesorero | 300.00 | |
| Una Secretaria bilingüe | 600.00 | |
| Una Mecanotaquígrafa | 300.00 | |
| Un Portero | 200.00 | |
| Secretario General | $ | 800.00 |
| Un Tesorero | 300.00 | |
| Una Secretaria bilingüe | 600.00 | |
| Una Mecanotaquígrafa | 300.00 | |
| Un Portero | 200.00 |
Artículo segundo. Los funcionarios y empleados del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior se posesionarán ante el Director de dicha Institución.
Artículo tercero. Para su validez esta Resolución requiere la aprobación del Excelentísimo señor Presidente de la República, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° del Decreto extraordinario 2586 de 1950.
Artículo cuarto. Esta Resolución rige desde su fecha.
Dada en Bogotá a 23 de octubre de 1952.
El Director,
Gabriel Betancur Mejía."
Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 24 de noviembre de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Educación Nacional,
Lucio Pabón Nuñez
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