Por el cual se crea una plaza en el personal de oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de. Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA.
Artículo 1° A partir de la fecha del presente Decreto crease la siguiente plaza en el personal de oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Proveeduría y Almacén General.
| Jefe de Inventarios, con asignación mensual de | $ | 110.00 |
|---|---|---|
| Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputable al capítulo 73 artículo 1098 del Presupuesto vigente | Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputable al capítulo 73 artículo 1098 del Presupuesto vigente | Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputable al capítulo 73 artículo 1098 del Presupuesto vigente |
Artículo 2° Para el desempeño del cargo a que se refiere el artículo 1°, nómbrase al señor Gastón Galofre
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de febrero de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Correos y Telégrafos
Ramón SANTO DOMINGO
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