Por el cual se autoriza la publicación en folleto
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 141 de 1948, autorízase al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para ordenar la publicación en la Imprenta Nacional de 2.000 folletos del Decreto: número 00164, de enero 24 de 1950, junto con su exposición de motivos, por medio del cual se organiza el manejo del Presupuesto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de febrero de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno,
Luis Ignacio ANDRADE
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernán JARAMILLO OCAMPO.
Digitó: CC1.014.234.605
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