por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria

Rango Decreto
Publicación 2008-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de la Economía Solidaria, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el Estudio Técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 y 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo;

Que para los fines de este decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1º. Créanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria:
Nº de Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 13
4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 09
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 13
Artículo 2º. El Superintendente de la Superintendencia de la Economía Solidaria, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1º del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 187 de enero 26 de 2004.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de febrero de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.