Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y al de Gastos para la vigencia de 1963. (Ministerio de Obras Públicas), por $ 3.768.649.20
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y
considerando:
Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;
Que, para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere abrir un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y al de Gastos para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Obras Públicas), por $ 3.768.649.20;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 45 de 1963, por $ 3.768.649.20;
Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y
Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1963, con la cantidad de 1963, expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación al siguiente tres millones setecientos sesenta y ocho mil seiscientos cuarenta y nueve pesos con veinte centavos ($ 3.768.649.20) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 45 de numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
Ingresos de Capital.
CAPITULO IV
Recursos del crédito.
| Numeral 127. | Producto de la emisión de pagarés de Deuda Pública Interna, destinados a financiar la compra de equipos para la construcción de carreteras, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 86 de 1931 y el Decreto legislativo número 1651 de 1955 | $ 3.768.649.20 |
|---|---|---|
| Total de recursos | $ 3.768.649.20 |
Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos de inversión para la vigencia fiscal de 1963:
Presupuesto de Inversión.
Ministerio de Obras Públicas.
CAPITULO 3303
División de Construcción de Carreteras.
Programa VII.
Adquisición y conservación de equipo.
Inversión directa.
Recursos del Crédito Externo.
460, 264. Artículo 33004 H 1. Para legalizar la entrega de pagarés en dólares, emitidos para financiar la compra de equipo para la construcción de carreteras, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 88 de 1931 y el Decreto legislativo número 1651 de 1955:
| Proyecto 5. | Pagarés números 1 a 7 de la Serie "JJ", expedidos a favor de Letournenth Westinghouse Trade Company de Peoris, Illinois, de Estados Unidos, por un total de US$ 418.738.80, con base en el contrato de financiación celebrado entre las partes el 21 de diciembre de 1961, al cambio del 9.00% | $ 3.768.649.20 |
|---|---|---|
| Total del crédito | $ 3.768.649.20 |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de diciembre de 1963.
guillermo leon valencia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sanz de Santamaría.
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