Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Fuerzas de Policía)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
FUERZAS DE POLICIA
CAPITULO 54
Material.
| C1cIII (b). Del artículo 698. Para gastos de conservación, reparaciones y repuestos de la red nacional del radio que se instale, y de los servicios existentes en las Fuerzas de Policía, en la presente vigencia y | $ 100.000.00 |
|---|---|
| A1a. Del artículo 705. Para gastos extraordinarios e imprevistos, gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, y para atender a los de que trata el Decreto número 2578 de 1954, conforme a las resoluciones que dicte el Comando de las Fuerzas de Policía, en la presente vigencia y anteriores | 303.000.00 |
| Suman los contracréditos | $ 403.000.00 |
| CAPITULO 54 Material. C1cIII (a). Al artículo 697. Para la adquisición e instalación de una red nacional de radio con sus estaciones, y relevo de frecuencia modulada, estaciones fijas y equipos móviles, en el año | $ 403.000.00 |
| Suman los créditos | $ 403.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de octubre de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier GeneralGabriel París.
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