Por el cual se modifica el número 30 de enero 5 de 1933

Rango Decreto
Publicación 1937-02-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Habilitase el puerto de Barranquilla para la exportación del platino. Queda así reformado el artículo 2° del Decreto número 30 de enero 5 de 1933.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

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