por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional- Dirección General de la Policía Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2007-08-17
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Defensa Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de conformidad con las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar la planta de personal de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1°. Créanse en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Dirección General de la Policía Nacional de Colombia, los siguientes empleos:

DIRECCION DE BIENESTAR SOCIAL

N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO
2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 20
1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 18
1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 17

DIRECCION DE SANIDAD

N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO
2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 20
2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 18
3 (Tres) Profesional de Defensa 3-1 17
2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 33
2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 31
2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 30
4 (Cuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 23
Artículo 2°. En los cargos creados en el presente decreto, serán incorporados los funcionarios que se encontraban vinculados a la planta de personal de la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía, cuyos cargos fueron suprimidos y que ostentan derechos de carrera administrativa o acreditaron su condición de cabeza de familia.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 118 de 1998.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Manuel Santos C.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.