Por el cual se abren unos créditos adicionales -extraordinarios- al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1953-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

DECRETA:

Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto, de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para el presente año fiscal, con la cantidad de doscientos treinta mil pesos ($ 230.000.00) moneda corriente, así:
RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO
Numeral 133. Mayor producto de las rentas sobre el promedio de los cálculos presupuestales (Decretos legislativos 00164 y 2900 de 1950)
Numeral 133. Mayor producto de las rentas sobre el promedio de los cálculos presupuestales (Decretos legislativos 00164 y 2900 de 1950) $ 230.000.00 230.000.00
Artículo segundo. Con base en el producto de las rentas de que trata el artículo anterior; ábrense los siguientes créditos adicionales -extraordinarios- a la Ley de Apropiaciones vigentes: Artículo segundo. Con base en el producto de las rentas de que trata el artículo anterior; ábrense los siguientes créditos adicionales -extraordinarios- a la Ley de Apropiaciones vigentes: Artículo segundo. Con base en el producto de las rentas de que trata el artículo anterior; ábrense los siguientes créditos adicionales -extraordinarios- a la Ley de Apropiaciones vigentes:
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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 109
Carreteras Nacionales-Construcción, reconstrucción y Pavimentación.
Al artículo 1468^3. Para las reparaciones urgentes de los daños en las bocatomas y tuberías de conducción del acueducto del Municipio de Calarcá, por motivo de la reconstrucción de la carretera de Armenia (Caldas) a La Línea
Al artículo 1468^3. Para las reparaciones urgentes de los daños en las bocatomas y tuberías de conducción del acueducto del Municipio de Calarcá, por motivo de la reconstrucción de la carretera de Armenia (Caldas) a La Línea
Al artículo 1468^3. Para las reparaciones urgentes de los daños en las bocatomas y tuberías de conducción del acueducto del Municipio de Calarcá, por motivo de la reconstrucción de la carretera de Armenia (Caldas) a La Línea
Al artículo 1468^3. Para las reparaciones urgentes de los daños en las bocatomas y tuberías de conducción del acueducto del Municipio de Calarcá, por motivo de la reconstrucción de la carretera de Armenia (Caldas) a La Línea $ 200.00.00 200.00.00
CAPITULO 111
Edificios y Parques Nacionales, Conservación, Adiciones, Mejoras y Sostenimiento.
Al artículo 1651-A. Para terminar el acondicionamiento y adaptación de los locales en el Palacio "Murillo Toro", destinados a la instalación y funcionamiento de' la Tesorería General de la República, inclusive las oficinas de ésta encargadas de atender el Servicio de la Deuda Pública Nacional, según Decreto 1472 de 1951, y para completar la dotación en general de ambas dependencias
Al artículo 1651-A. Para terminar el acondicionamiento y adaptación de los locales en el Palacio "Murillo Toro", destinados a la instalación y funcionamiento de' la Tesorería General de la República, inclusive las oficinas de ésta encargadas de atender el Servicio de la Deuda Pública Nacional, según Decreto 1472 de 1951, y para completar la dotación en general de ambas dependencias
Al artículo 1651-A. Para terminar el acondicionamiento y adaptación de los locales en el Palacio "Murillo Toro", destinados a la instalación y funcionamiento de' la Tesorería General de la República, inclusive las oficinas de ésta encargadas de atender el Servicio de la Deuda Pública Nacional, según Decreto 1472 de 1951, y para completar la dotación en general de ambas dependencias
Al artículo 1651-A. Para terminar el acondicionamiento y adaptación de los locales en el Palacio "Murillo Toro", destinados a la instalación y funcionamiento de' la Tesorería General de la República, inclusive las oficinas de ésta encargadas de atender el Servicio de la Deuda Pública Nacional, según Decreto 1472 de 1951, y para completar la dotación en general de ambas dependencias
Al artículo 1651-A. Para terminar el acondicionamiento y adaptación de los locales en el Palacio "Murillo Toro", destinados a la instalación y funcionamiento de' la Tesorería General de la República, inclusive las oficinas de ésta encargadas de atender el Servicio de la Deuda Pública Nacional, según Decreto 1472 de 1951, y para completar la dotación en general de ambas dependencias
Al artículo 1651-A. Para terminar el acondicionamiento y adaptación de los locales en el Palacio "Murillo Toro", destinados a la instalación y funcionamiento de' la Tesorería General de la República, inclusive las oficinas de ésta encargadas de atender el Servicio de la Deuda Pública Nacional, según Decreto 1472 de 1951, y para completar la dotación en general de ambas dependencias 30.000.00 30.000.00
Total $ 230.000.00
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 20 de diciembre de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno,

Luis Ignacio Andrade,

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Juan Uribe Holguín

El Ministro de Justicia,

José Gabriel de la Vega

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

El Ministro de Guerra,

José María Bernal

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Camilo J. Cabal Cabal

El Ministro del Trabajo,

Manuel Mosquera Garcés

El Ministro de Higiene,

Alejandro Jiménez Arango

El Ministro de Fomento,

Carlos Villaveces

El Ministro de Minas y Petróleos,

Rodrigo Noguera Laborde

El Ministro de Educación Nacional,

Lucio Pabón Núñez

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Carlos Albornoz

El Ministro de Obras Públicas,

Jorge Leyva

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