Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Educación Nacional), por $ 227.500

Rango Decreto
Publicación 1963-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y

considerando:

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963 facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;

Que, para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 227.500;

Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 85 de 1963, por $ 227.500;

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:

Presupuesto de funcionamiento.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Contracréditos.

CAPITULO 1203

Consejo Nacional de Educación y Comisión Nacional de la Unesco.

Transferencias.

206, 311. Artículo 12036. Contrato con el "SCECA" $ 187.500

CAPITULO 1218

Financiamiento a cargo del Ministerio

Programa V.

Auxilios.

Subprograma 9° Auxilios de sostenimiento para planteles de educación en el Departamento del Chocó.

203, 319-a. Artículo 12446. Para auxiliar al siguiente plantel $ 40.000 $ 40.000
Ordinal 17. Escuela Normal Superior de Quibdó de compra de un bus) $ 40.000
Suman los contracréditos $ 227.500

Créditos.

A. Dirección del Ministerio.

CAPITULO 1201

Gabinete del Ministro.

Gastos generales

106, 111. Artículo 12012. Impresos y publicaciones $ 12.000
106, 111. Artículo 12013. Gastos varios e imprevistos 80.000
--- --- ---

CAPITULO 1203

Consejo Nacional de Educación y Comisión

Nacional de la Unesco.

Servicios personales.

101, 311. Artículo 12024. Gastos de representación Delegado Permanente ante "Unesco" 10.500

B. Rama Técnica.

CAPITULO 1210

Educación Media.

Programa II.

Enseñanza secundaria.

Transferencias.

203, 313. Artículo 12169. Nuevos planteles 50.000
Ordinal 49. Instituto Nacional Femenino "Lorencita Villegas de Santos", de Bogotá $50.000

CAPITULO 1211

Educación Superior y Normalista.

Programa II.

Formación y capacitación del Magisterio.

Gastos generales

106, 313. Artículo 12243. Mantenimiento y aseguros 30.000
Ordinal 9° Escuela Normal de Guapi (Cauca) $ 30.000
--- --- ---

CAPITULO 1212

Divulgación Cultural.

Programa II.

Difusión Cultural Popular y Espectáculos.

Gastos generales

106, 317. Artículo 12275. Impresos y publicaciones $ 5.000.00

CAPITULO 1216

División de Presupuesto.

Programa I.

Administración de la División

Gastos generales.

105. 111. Artículo 12358. Mantenimiento y aseguros $ 5.000.00

CAPITULO 1217

División de Servicios Generales.

Programa VI.

Mantenimiento y transportes.

Gastos generales.

105, 111. Artículo 12384. Mantenimiento y aseguros $ 5.000.00

CAPITULO 1218

Financiamiento a cargo del Ministerio.

Programa V.

Auxilios.

Subprograma 9° Auxilios de sostenimiento para planteles de educación en el Departamento del Chocó.

Transferencias.

Departamentos, Municipios y Territorios Nacionales.

203, 319-a. Artículo 12446. Para auxiliar el siguiente plantel 30.000
Ordinal 10. Colegio "San Pablo" de Istmina $ 30.000
Suman los créditos $ 227.500
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de diciembre de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría.

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