Por el cual se crean unos puestos para la Comisión Sexta Permanente de la Asamblea Nacional Constituyente

Rango Decreto
Publicación 1957-02-02
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 121 de la actual Codificación Constitucional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Que la Comisión de la Mesa de la Asamblea Nacional Constituyente, en uso de la facultad que le confirió la citada alta Corporación por resolución aprobada en sesión de 6 de noviembre en curso, por medio de la Resolución número 7 del día siguiente, al integrar las Comisiones Constitucionales Permanentes, creó una Comisión más de las cinco con que funcionaba el Senado de la República, y que eran las existentes al tenor de lo dispuesto en el artículo 4 del Acto Legislativo número 1 de 1953;

Que se hace necesario dotar a dicha Comisión del respectivo personal de Secretaria,

DECRETA:

Artículo único. Creánse, a partir del 16 de octubre del presente año, los siguientes cargos para la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la honorable Asamblea Nacional Constituyente:
1 Secretario, con sueldo mensual de $ 609.38
1 Mecanotaquígrafa, con sueldo mensual de 364.00
1 Portero, con sueldo mensual de 196.00

Parágrafo. Los sueldos de los empleados creados en el artículo anterior se pagarán con cargo al Capítulo 040, artículo 0402 del Presupuesto (Ministerio de Gobierno) de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de diciembre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

José Enrique Arboleda Valencia.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

José Manuel Rivas Sacconi.

El Ministro de Justicia,

Luis Carlos Giraldo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura,

Eduardo Berrío González.

El Ministro del Trabajo,

Carlos Arturo Torres Poveda.

El Ministro de Salud Pública,

Carlos Márquez Villegas.

El Ministro de Fomento,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

El Ministro de Minas Y Petróleos,

Francisco Puyana Menéndez.

El Ministro de Educación Nacional,

Josefina Valencia De Hubach.

El Ministro de Comunicaciones,

Mayor General Pedro A. Muñoz.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita.

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