Por el cual se dicta una providencia relacionada con la Sociedad Cruz Roja Colombiana
El Primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,
en uso de facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que es requisito indispensable para que la Cruz Roja Colombiana pueda ser incorporada en la Liga de las Sociedades de la Cruz Roja Internacional, su reconocimiento por parte del Gobierno como auxiliar del servicio sanitario del Ejército; y
Que con este fin y otros de no menor importancia funciona en esta ciudad un centro científico con la denominación de Cruz Roja Colombiana,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Reconocese la Sociedad Nacional Cruz Roja Colombiana, como auxiliar del servicio sanitario del Ejército, con dependencia del Ministerio de Guerra en tal servicio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de marzo de 1922.
JORGE HOLGUÍN - El Ministro de Guerra, Aristóbulo ARCHILA.
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