Por el cual se establece la remuneración de unos empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión

Rango Decreto
Publicación 1983-02-22
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982,

decreta:

Artículo 1° A partir del 1° de enero de 1983 la remuneración mensual de los empleos de Ingeniero Jefe IV, Grado 42 de la Oficina de Planeación y Desarrollo Técnico y de Jefe de Oficina Grado 41 de la Oficina Jurídica del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, será de ochenta y ocho mil setecientos cuatro pesos ($ 88.704.00).

El cincuenta por ciento (50%) de esta remuneración mensual tendrá el carácter de gastos de representación.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1983.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 7 de febrero de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Edgar Gutiérrez Castro.

El Ministro de Comunicaciones

Bernardo Ramírez

El jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladén.

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