por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Publicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-11-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros de su sesión del día 4 de octubre del año en curso, autorizó el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el Acta respectiva.

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 118

Del artículo 1693. Para continuar el Hospital de Puerto Berrio $2.000.00
Del artículo 1695. Para continuar la construcción del Hospital de Tunja 5.742.08
Del artículo 1701. Para continuar el Palacio de Justicia de Neiva 9.000.00
Del artículo 1702. Para continuar los Cuarteles de Santa Marta 2.000.00
Del artículo 1709. Para la construcción de la Cárcel de Manizales 2.000.00
Suman los contracréditos $20.742.08

CAPITULO 118

Al artículo 1694. Para continuar el Edificio Nacional de Barranquilla 20.742.08
Suman los contracréditos $20.742.08
Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de octubre de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.

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